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 Acuerde dirimir las posibles diferencias en un proceso de Mediacion al celebrar sus convenios 

        

     Las partes, al celebrar un contrato, pueden disponer acudir a los aupicios de un Centro de Resolucion Alternativa de Controvercias para la Mediación o Conciliación de disputas existentes o futuras, sometiéndose  a sus reglas, las que serán parte integrante del convenio.

 

     Cualquiera de las partes en una disputa puede iniciar la Mediación presentando al  CENTRO su sometimiento a la misma con un pedido por escrito  conforme a las reglas que la rigen y con los honorarios especificados.

 

     Cuando no se haya previsto en el contrato a la Mediacion como modo de dirimir los conflictos, una de las partes puede solicitar a nuestro CENTRO que invite a la otra parte a someter la desinteligencia a Mediacion.  

 

     Una vez recibido el pedido, el CENTRO contactará a las otras partes involucradas en la disputa y las invitará a dirimir sus  diferencias mediante este Procedimiento Alternativo de Resolución.     

 

     Un pedido de Mediacion debe contener una breve exposiciòn de la naturaleza de la disputa, nombres, direcciones y teléfonos de todas las partes involucradas.

 

     La parte requirente deberá presentar dos copia del pedido para el CENTRO y una copia para cada una de las partes.

 

     El CENTRO fijará la fecha y hora de cada sesión de Mediacion, con la anuencia de las partes intervinientes.


    

 

                      

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