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Las partes, al celebrar un contrato, pueden disponer acudir a
los aupicios de un Centro de Resolucion Alternativa de
Controvercias para la Mediación o Conciliación de disputas
existentes o futuras, sometiéndose a sus reglas, las
que serán parte integrante del convenio.
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Cualquiera de las partes en una disputa puede iniciar la
Mediación presentando al CENTRO su sometimiento a la
misma con un pedido por escrito conforme a las reglas
que la rigen y con los honorarios especificados.
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Cuando no se haya previsto en el contrato a la Mediacion como
modo de dirimir los conflictos, una de las partes puede
solicitar a nuestro CENTRO que invite a la otra parte a
someter la desinteligencia a Mediacion.
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Una vez recibido el pedido, el CENTRO contactará a las otras
partes involucradas en la disputa y las invitará a dirimir
sus diferencias mediante este Procedimiento Alternativo
de Resolución.
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Un pedido de Mediacion debe contener una breve exposiciòn de
la naturaleza de la disputa, nombres, direcciones y teléfonos
de todas las partes involucradas.
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La parte requirente deberá presentar dos copia del pedido
para el CENTRO y una copia para cada una de las partes.
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El CENTRO fijará la fecha y hora de cada sesión de
Mediacion, con la anuencia de las partes intervinientes.
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